
Verificación del Estado Parcelario: Novedades.
Por Resolución N.° 67/24, a partir del 1° de agosto de 2024 las parcelas provenientes de los planos de mensura inscriptos con anterioridad al 31 de diciembre de 1978 deben presentar con obligatoriedad la Verificación del Estado Parcelario ante el SCIT.
Quedando exceptuados aquellos estados parcelarios originados mediante registro de planos de mensura para sometimiento al régimen de propiedad horizontal, cementerio privado, superficie y usufructo, como así también las donaciones, las adjudicaciones por sucesión y todos aquellos actos de transferencia inmobiliaria de carácter gratuito que no requieran un conocimiento perfecto y actualizado del inmueble.
Esta actividad, que se realiza a través del acto de mensura, es ejecutada de manera exclusiva por profesionales de la agrimensura.